La Reagrupaci?n Familiar De Hijos Mayores De Edad
La Reagrupación Familiar De Hijos Mayores De EdadEste es un artículo dirigido a todas y cada una aquellas personas que ya han adquirido la nacionalidad española y tienen hijos mayores de edad en su país de origen a los que quieren reagrupar, esto es, que quieren traerse a vivir a España.
¿Qué se puede hacer en el momento en que un hijo mayor de 21 años nos expresa su deseo de venir a vivir a España? Así sea a trabajar o bien a estudiar o por cualquier otro motivo.Ante esta situación existen dos posibilidades:
Una vez que su hijo ya esté en España, se va a deber solicitar una mpt cita extranjeria para regular su situación, o sea, para solicitar la tarjeta de vivienda en Régimen Comunitario.En conclusión, si usted ya tiene la nacionalidad española, el hecho de que su hijo sea mayor de 21 años no quiere decir que no lo pueda reagrupar. Si se cumplen los supuestos que hemos descrito, le podrá lograr un permiso de trabajo y vivienda o bien lo podrá reagrupar en régimen singular de reagrupación.
¿Qué se puede hacer en el momento en que un hijo mayor de 21 años nos expresa su deseo de venir a vivir a España? Así sea a trabajar o bien a estudiar o por cualquier otro motivo.Ante esta situación existen dos posibilidades:- Tramitar un permiso de trabajo y residencia a favor de su hijo/a: en un caso así tendrá usted que buscar una compañía, una familia o bien un autónomo que tenga con perfección definida su identidad, su estabilidad, su solvencia de forma que puedan acreditar que necesitan cubrir un puesto y que estén dispuestos a ofrecer un contrato de trabajo a su hijo/a.
Esta vía da lugar a que se tramite un permiso de trabajo y residencia por vía preferente, cita nie madrid esto es, no sometida a las demandas del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). En un caso así y toda vez que la parte contratante (empresa, autónomo o familia) sea estable, sólida y solvente, la solicitud saldrá aprobada. - Imaginemos que la primera opción no es accesible para pues no tiene quién le haga ese contrato. Mas desea reagrupar a su hijo, aunque sabe que la ley dice que la reagrupación en régimen comunitario aplica para hijos menores de veintiuno años. Lo interesante en estos casos es que, aunque su hijo sea mayor del límite, usted podrá reagruparlo siempre que acredite que:
- su hijo tiene una minusvalía grave y en función de ella depende de .
- su hijo es estudiante y que además de esto se está haciendo cargo del pago de sus estudios mediante giros de dinero que puedan acreditar una dependencia. Es fundamental que contemos con pruebas de que este hijo, pese a ser mayor de edad, mpt cita extranjeria depende a nivel económico de usted.
- su hijo tiene una minusvalía grave y en función de ella depende de .
- su hijo es estudiante y que además de esto usted se hace cargo del pago de sus estudios mediante giros de dinero que puedan acreditar una dependencia. Es muy importante que contemos con pruebas de que este hijo, pese a ser mayor de edad, depende a nivel económico de .
Una vez que su hijo ya esté en España, se va a deber solicitar una mpt cita extranjeria para regular su situación, o sea, para solicitar la tarjeta de vivienda en Régimen Comunitario.En conclusión, si usted ya tiene la nacionalidad española, el hecho de que su hijo sea mayor de 21 años no quiere decir que no lo pueda reagrupar. Si se cumplen los supuestos que hemos descrito, le podrá lograr un permiso de trabajo y vivienda o bien lo podrá reagrupar en régimen singular de reagrupación.
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