Qu? Se Necesita Para Viajar A Espa?A Desde Venezuela

¿Qué Se Precisa Para Viajar A EspañA Desde Venezuela?¿Qué necesito para viajar a España desde Venezuela?, ¿qué requisitos necesito cumplir a fin de que no me rechacen la entrada?Como ya sabemos, cualquier extranjero que quiera entrar a España debe acreditar el cumplimiento de unos requisitos, los que deberán demostrarse de forma previa, en el Consulado español del país de origen (si el extranjero fuese nacionalidad de uno de los países a los que se les demanda, o bien, va a deber justificar el cumplimiento de exactamente los mismos en frontera, es decir, en el instante de entrar al país, si al contrario, el extranjero fuera nacional de ciertos países a los que no se les demanda visado para entrar.En el caso de los ciudadanos venezolanos, no se les exige visa para viajar a nuestro país, pero, ¿cuáles son los requisitos que deberán acreditar en frontera para que no nos denieguen la entrada?¡Toma nota!1- Contar con un pasaporte válido o título de viaje. El documento ha de ser válido hasta tres meses tras la data prevista de salida del territorio de los Estados Miembros y va a deber haber sido expedido en los diez años precedentes.2- Contar con un billete de ida y de vuelta. Es esencial saber que la estancia legal permitida en España, cuando se viene en calidad de turista, es de noventa días, transcurridos los cuales, si el extranjero permanece en España, sin haber obtenido una prórroga o bien sin contar con una autorización de vivienda, lo haría en situación irregular, lo cual supone una infracción de nuestra normativa de Extranjería .¡No queremos que esto ocurra! por lo que el funcionario que realice el control en frontera deseará comprobar la intención de retorno del visitante.3- Llevar consigo documentos que acrediten el objeto y condiciones del viaje. ¿qué podemos llevar?-Tratándose de un viaje turístico:*Documento justificativo del establecimiento de alojamiento (reservas de hotel) o bien de un particular, si se hospeda en su domicilio, expedida por la Comisaría de Policía pertinente a su lugar de residencia.(Es esencial saber que, en ningún caso, la carta de convidación reemplazará la acreditación por el extranjero de los demás requisitos demandados para la entrada).*Confirmación de la reserva de un viaje organizado, con el itinerario.*Circuito turístico: entradas en museos, guías turísticos y visitas contratadas, rutas de viajes organizadas…etc.– Cuando el viaje es de carácter profesional, político, científico, deportivo o religioso o bien por otros motivos, se podrá demandar la presentación de alguno de estos documentos:*La invitación de una empresa o bien de una autoridad para participar en reuniones, convenciones, etc., de carácter comercial, industrial, etc.*Documento que acredite la existencia de relaciones comerciales, industriales, etc.*Tarjetas de acceso a ferias, congresos, convenciones, etc.*Invitaciones, tarjetas de entrada, reservas o bien programas con indicación, en lo posible, del nombre del organismo que invita y la duración de la estancia o cualquier otro documento que indique el propósito de la visita.-Cuando la finalidad es realizar estudios u otro tipo de formación, se podrá aportar:*Documento de matrícula de un centro de enseñanza para participar en cursos teóricos y prácticos de formación.*Certificados relativos a los cursos seguidos.4- Acreditar, por parte del interesado, la disposición de medios económicos suficientes que garanticen el sustento y conservación del mismo a lo largo del periodo de estancia en nuestro país.La cantidad deberá alcanzar una cantidad que represente (en euros), el 10 por ciento del SMI bárbaro (70,77 euros), o bien su equivalente legal en moneda extranjero multiplicada por le número de días que pretenda continuar en España y por el número de personas que viajen a su cargo.  La cantidad debe ser de un mínimo que represente el 90 por ciento del SMI bárbaro (636,93 euros) o bien su equivalente legal en moneda extranjera por persona, cita para las huellas para la residencia independientemente del tiempo de estancia previsto.Respecto a la manera de acreditar la predisposición de tales medios económicos, podrá hacerse en efectivo, a través de la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago o tarjetas de crédito, en cuyo caso van a deber venir acompañados de un extracto de la cuenta corriente o libreta bancaria puesta al día. (Tenga presente que no se aceptan cartas de entidades ni extractos bancarios de internet). En caso de no disponer de ninguno de estos medios de prueba,  podrá emplearse cualquier que deje acreditar fehacientemente la cantidad disponible en la tarjeta o cuenta bancaria en cuestión.(Fundamental saber que va a ser el propio interesado, el extranjero que desee viajar a España, quien deba acreditar la disposición de medios suficientes, aún cuando viniera con carta de convidación)5- Contar con un seguro médico que garantice la asistencia sanitaria del extranjero a lo largo del periodo de estancia en España.Puede aportarse cualquier seguro médico que garantice la asistencia en el extranjero, o bien aun, los seguros que ofertan las propias compañías aéreas al adquirir los billetes.En cualquier caso, el seguro debe cubrir gastos de asistencia médica de emergencias, atención hospitalaria, repatriación…con una cobertura mínima de treinta euros.6- Extraordinariamente, presentación de los certificados médicos demandados por el Ministerio del Interior, conforme con los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Trabajo y también Inmigración, o bien en aplicación de la normativa de la Unión Europea. La exigencia de estos certificados va a ser difundida, en la medida de lo posible, con suficiente antelación.¡Nahir, nos lo explica en el siguiente vídeo!Recordamos que estos requisitos debemos acreditarlos cuando el extranjero viene en calidad de turista. Si por el contrario vienen con la intención de residir, van a deber efectuar la entrada con un visado de vivienda, o residencia y trabajo, o bien visado de estudiante (conforme el caso), el cual deberá haber conseguido previamente a través del Consulado español en Venezuela.Si el extranjero que viene a residir es familiar de un ciudadano comunitario, el cumplimiento de los requisitos asimismo se controlarán en frontera (sin necesidad de visado), mas la documentación a aportar va a ser distinta. (Para más información ). Una vez en España, se pedirá la correspondienteen la Oficina de extranjería españa cita previa que corresponda.Coste del servicio 1,21 €/min fijo, uno con cincuenta y siete €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Letrado Colg cuatro mil novecientos cincuenta y cuatro ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal cinco, Oficina veintidos. 18100 Armilla – Granada

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