Encuentre Servicios Legales

Encuentre Servicios LegalesUSCIS da recursos gratuitos para guiarlo a través del proceso de solicitud o bien petición. Puede visitar nuestra página de herramientas en línea para hallar respuestas y ayuda auxiliar, entre aquéllas que se incluyen:Usted mismo puede presentar sus formularios, si bien bastantes personas optan por buscar ayuda. Alguien que no es un proveedor autorizado de servicios de inmigración sólo puede:
  • Leerle el formulario;
  • Traducir, así sea verbalmente o bien por escrito, la información desde su idioma nativo al inglés y de inglés a su idioma nativo; y
  • Escribir la información que usted le provee para llenar el formulario.
Cualquier persona puede proveerle este género de ayuda limitada y cobrarle por ello. No obstante, debe cobrar sólo una pequeña cantidad y no aducir que tiene conocimientos especiales en inmigración y procedimientos legales.Si no está seguro qué beneficio de inmigración puede solicitar o bien cuáles son los formularios que debe presentar, entonces es posible que usted necesite consejo legal sobre inmigración de parte de un proveedor de servicios autorizado. Solo los distribuidores autorizados de servicios de inmigración pueden ayudarle alén de la preparación básica o la traducción de formularios.Los distribuidores autorizados de servicios de inmigración son:
  • Representantes acreditados por la Oficina de Programas de Acceso Legal (OLAP, por sus iniciales en inglés) del Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés) y que trabajan para organizaciones reconocidas por DOJ; y
  • Abogados de buena reputación que no estén sujetos a ninguna orden que restrinja su capacidad para ejercer la abogacía. 
  • Los proveedores autorizados de servicios de inmigración pueden: Darle consejo acerca de qué documentos presentar;
  • Explicarle las opciones de inmigración que usted puede tener; y
  • Comunicarse con USCIS sobre su caso.
Un letrado o bien representante acreditado por DOJ puede representarlo ante USCIS.  Su representante legal debe presentar el . USCIS mandará información sobre su caso a su representante legal, si lo tiene.Un representante acreditado por DOJ que trabaja para una organización también reconocida por DOJ puede representarlo ante USCIS. Ciertos representantes acreditados también pueden representarlo frente a la . Los representantes acreditados por DOJ no son abogados, pero pueden darle consejo legal sobre inmigración.Un representante acreditado debe trabajar para una organización sin fines de lucro, religiosa, de caridad, servicios sociales o bien afín acreditada por DOJ en Estados Unidos. Una organización reconocida debe brindar servicio, primordialmente, a clientes del servicio que escasos recursos o indigentes y suministrar su política de exención de tarifas para aquellos que no pueden pagar.Si usted decide utilizar los servicios de un representante acreditado por DOJ que trabaje con una organización asimismo acreditada por DOJ, cita reagrupacion usted debe:
  • Verificar el sitio de DOJ para obtener la .
  • Las organizaciones tienen la obligación de colocar en sus oficinas ciertas notificaciones al público relacionadas con su reconocimiento y acreditación, según requerido por OLAP. La notificación debe incluir: cita para informacion en extranjeria nombres y periodos de validez del reconocimiento y acreditación, y de qué forma quejarse formalmente sobre una organización reconocida o representante acreditado. Esta información ha de estar perceptible al público.
  • La aprobación de los representantes acreditados se otorga por 3 años. Asegúrese de que la orden esté actual y que la persona todavía es elegible para actuar como representante ante USCIS. El representante acreditado no debe tener ningún problema proveyéndole esta información.
  • Verifique la Los representantes acreditados que están en esta lista y que tienen un «No» en la última columna a la derecha, no son seleccionables para darle consejo legal. Usted debe preguntarle al representante acreditado si ha sido reinstalado en la práctica y pedirle ser una copia de la orden de reinstalación expedida por EOIR.
Para poder representarlo a usted ante USCIS, un abogado debe:
  • Ser elegible para ejercer la abogacía en, y ser miembro acreditado del instituto de abogados del tribunal más alto de cualquier estado, posesión, territorio, mancomunidad o el Distrito de Columbia.
  • No estar bajo ninguna orden de ningún tribunal que lo haya suspendido, cita previa policia huellas sancionado, restringido, expulsado, o bien lo descalifique de alguna otra manera para ejercer la abogacía.
Los abogados no precisan tener una licencia en el estado donde viven o bien practican para representarlo ante USCIS. Siempre y cuando cumplan con los requisitos para ejercer la abogacía y estén en cumplimiento en todas las jurisdicciones donde tengan licencia, pueden representarlo ante USCIS.La EOIR  da una  (en inglés) en su estado que brindan servicios de inmigración así sea de manera gratuita o bien por un costo mínimo. Asimismo da  (en inglés). La American Bar Association también brinda información sobre de qué manera  (en inglés) en su estado.Al elegir un letrado, debe:
  • Asegurarse de que el abogado sea seleccionable para ejercer y sea un miembro acreditado del instituto de la corte más alta de cualquier estado, posesión, territorio o bien mancomunidad de EE.UU. o bien el Distrito de Columbia.
  • Asegurarse de que el abogado no esté bajo ninguna orden judicial que restrinja su práctica de la abogacía.
  • Pedir ver el documento de licencia actual del letrado y verificar por medio de la agencia estatal responsable de regular a los abogados que él o es seleccionable para ejercer.
  • Verificar la . Acá es donde la EOIR  cuenta a las personas que han sido expulsadas, inhabilitadas o suspendidas de ejercer la abogacía ante USCIS. Los abogados que están en la lista y que tienen un «No» en la última columna a la derecha no son seleccionables para brindarle asesoramiento legal. Pida ver una imitación de la orden de restitución de la EOIR.
ADVERTENCIA: Los «notarios», notarios públicos, consultores y empresas de inmigración no pueden brindarle asesoramiento legal sobre inmigración salvo que sean proveedores de servicios autorizados. En otros muchos países, la palabra «notario» significa que la persona es un letrado poderoso, mas eso no es cierto en EE.UU. Si precisa ayuda con asuntos de inmigración, tenga mucho cuidado antes de pagar dinero a cualquiera que no sea abogado ni representante acreditado por la EOIR que trabaje en una organización reconocida por la EOIR.Un letrado admitido y con licencia para practicar la abogacía fuera de U.S.A. puede representarlo si su petición o bien solicitud es presentada en una oficina de USCIS fuera de EE.UU., y si el funcionario del DHS ante quien desea comparecer permite la representación. Este abogado debe:
  • Haber sido aceptado y tener licencia para practicar la abogacía y estar en cumplimiento en un tribunal de jurisdicción general en el país en el que reside; y
  • Actualmente ejercer la abogacía como profesión.
Además, este abogado debe presentar un  (disponible en inglés). Tenga en cuenta que este letrado solo puede representarlo si su caso se procesa fuera de EE.UU. Si su caso se transfiere a una oficina de USCIS en USA, cita previa policia huellas USCIS se comunicará con de manera directa.Sí. Según explicamos anteriormente, alguien que no es in  puede darle ayuda limitada, como leer un formulario o traducir y anotar la información que proporcione.Además, en general, puede traer a un familiar, vecino, miembro del clero, socio comercial o amigo personal a fin de que lo asista en una entrevista u otra comparecencia en una oficina de USCIS. Esta persona es conocida como una «persona de buena reputación».Las personas de buena reputación no presentan el Formulario G-veintiocho. En cambio, para poder ayudarlo, las personas de buena reputación deben mandar una declaración al oficial de USCIS / DHS ante quien desean comparecer, en la que declaren que:
  • Usted personalmente solicitó la ayuda de la persona;
  • No le ha pagado a la persona una tarifa por ayudarlo;
  • La persona tiene una relación preexistente con usted (familiar, vecino, miembro del clero, socio comercial o amigo personal); y
  • La persona no participa con regularidad en la práctica o preparación de temas de inmigración y no se presenta frente al público como una persona calificada para dedicarse a la práctica o bien preparación de asuntos de inmigración.
Tenga en cuenta que USCIS puede decidir no permitir que una persona respetable que lo asista.Una persona que viene con usted solo para ayudar con la traducción de idiomas no necesita enviar una declaración.A veces, los abogados y los representantes acreditados pueden ser asistidos por estudiantes o graduados en derecho. Usted nunca debe trabajar solo con un estudiante de derecho o bien licenciado en derecho, sino más bien solo a través de un letrado o bien representante acreditado.

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