
Si Usted Es Arrestado O bien Detenido Por Inmigración
AGOSTO dos mil siete | version
Los inmigrantes detenidos o bien detenidos por Inmigración tienen ciertos derechos. Sin embargo, cita comisaria extranjeria estos derechos cambian si son arrestados o bien detenidos en la frontera o en un aeropuerto. En estos casos, los inmigrantes podrán tener menos derechos. Usted seguramente tiene más derechos si es arrestado por Inmigración en el trabajo, en la calle, después de cometer una infracción de tránsito, o bien en casa. Si es arrestado y detenido, es esencial que mantenga la calma y que recuerde las próximas sugerencias:
- Usted tiene el derecho de permanecerse mudo. Pida charlar con un letrado.
- No firme nada. Puede que al firmar, ceda su derecho de tener un letrado o de aparecer delante de un juez.
- Apunte el nombre y número de teléfono del fiscal de deportación quien es asignado as su caso.
- No acepte «salida voluntaria» (o sea que, usted no debe acceder a salir de los USA de forma voluntaria) sin charlar primero con un letrado. Firmar un acuerdo de salida voluntaria significa que usted no tendrá una audiencia, tendrá que salir de los USA, y puede que jamás le dejarán entrar a los Estados Unidos o bien lograr la legalización de su estado migratorio.
- No firme ordenes de deportación estipulada sin primero charlar con un letrado. Firmar una orden estipulada significa que rinde sus derechos a tener una audiencia en frente de un juez de inmigración y sirve come una orden de deportación otorgado por un juez.
- No asuma que los agentes de Inmigración o el juez le explicarán sus opciones, o bien que le darán la información correcta. Espere a charlar con un abogado ya antes de decir o bien hacer cualquier cosa.
- Usted tiene el derecho de llamar a un abogado o bien a su familia si es detenido. Usted tiene el derecho de percibir la visita de un abogado si ya ha sido detenido (en la cárcel de Inmigración).
- Usted tiene el derecho a un letrado, mas el gobierno no pagará ni proveerá ese letrado. Usted deberá contratar o bien encontrar a alguien que le represente. (Inmigración debe darle una lista de grupos a los cuales usted puede llamar que proveen consulta legal o bien representación gratis o de bajo costo). Si usted es presentado frente a un juez antes de que pueda conseguir un consejo legal, debe pedirle al juez más tiempo para localizar a un letrado.
- Usted tiene el derecho de llamar a su consulado. Los teléfonos de su consulado están disponibles en la prisión y se los puede pedir a su fiscal de deportación. Su Consul también podrá asistirle contratar a un abogado.
- Cuando usted consiga a un abogado, debe decirle todo cuanto considere esencial sobre su caso de inmigración, aun si usted ha sido arrestado por cometer un crimen. Es importante que cualquiera que le dé consejos legales conozca todo sobre su caso a fin de que puedan brindarle a usted el mejor consejo. No merece la pena engañar a o bien guardar información de su letrado, en tanto que esto podría dañarle.
- Si usted piensa que su jefe lo reportó a Inmigración por el hecho de que usted se quejó sobre las condiciones en el trabajo, asegúrese decírselo al letrado. Si su jefe sí lo reportó por tal razón, seguramente pueda hacer una demanda oficial en contra suya por represalia.
- En la mayoría de los casos, Inmigración debe decidir dentro de las primeras cuarenta y ocho horas si se sigue o bien no con el procedimiento de inmigración (delante de un juez), y es posible que sea (o no) mantenido bajo custodia o puesto en libertad bajo fianza. Tras 72 horas, Inmigración debe darle un aviso de audiencia. Este aviso le da información sobre la data de su audiencia frente a un juez de Inmigración.
- En la mayoría de los casos, cita huellas valencia usted tiene el derecho de solicitar que le pongan en libertad pagando una fianza, o de pedir una audiencia ante un juez para fijar una fianza. (La fianza que se paga asegura que uestes se aparecerá a sus audiencias frente al juez de inmigración.) No obstante, si el juez piensa que no va a presentarse para su audiencia o que es un peligro para otros, emitirá una orden a fin de que siga en la prisión detenido.
- Si usted debe salir de los Estados Unidos, intente hablar con un letrado de Inmigración antes de salir. Si sale, es posible que no le permitan regresar al país por cierta cantidad de años. Es importante saber esto ya antes de salir, porque si retorna antes de lo tolerado, puede ser arrestado por haber cometido un crimen serio al volver a entrar al país sin autorización.
- Si teme retornar a su país de origen, dígale a su fiscal de deportación y al tribunal de inmigración de forma inmediata. Usted podría someter una petición de asilo o bien otro antídoto.
- Si tiene antecedentes penales, es sumamente esencial que se comunique con un letrado con experiencia en temas de las consecuencias migratorias de los antecedentes penales. Si usted tiene algún antecedente penal, obtenga un copia cellada de su expediente del tribunal criminal.
- Si no le han dado una audiencia frente al juez de inmigración, pero antes de ir frente a un juez, es esencial que se comuniqué con su patrón. Si no se le permite una audiencia frente un juez de Inmigración, pregunte por que y avise a su letrado de manera inmediata.
- Usted tiene el derecho a un letrado, pero el gobierno no va a pagar ni proveerá ese letrado. Usted deberá contratar o bien hallar a alguien que le represente. (Inmigración debe darle una lista de grupos a los que usted puede llamar que proveen consulta legal o bien representación gratuita o bien de bajo costo). Si usted es presentado frente a un juez antes de que pueda obtener un consejo legal, debe pedirle al juez más tiempo para encontrar a un abogado.
- Usted tiene el derecho de llamar a su consulado. Los números de teléfono de su consulado están disponibles en la cárcel y se los puede pedir a su fiscal de deportación. Su Consul también podrá asistirle contratar a un letrado.
- Si tiene que salir de los E.U., intente hablar con un letrado de Inmigración ya antes de salir. Si sale, es posible que no le dejen volver al país por determinada cantidad de años. Es esencial saber esto ya antes de salir, porque si regresa ya antes de lo permitido, puede ser arrestado por haber cometido un crimen serio al regresar a entrar al país sin autorización.
- Si teme retornar a su país de origen, dígale a su fiscal de deportación y al tribunal de inmigración de manera inmediata. Usted podría someter una solicitud de asilo u otro remedio.
- Si usted tiene antecedentes penales, es sumamente importante que se comunique con un abogado con experiencia en asuntos de las consecuencias migratorias de los antecedentes penales. Si usted tiene algún antecedente penal, obtenga un copia cellada de su expediente del tribunal delincuente.
- Si no le han dado una audiencia frente al juez de inmigración, mas antes de ir en frente de un juez, es importante que se comuniqué con su patrón. Si no se le deja una audiencia frente un juez de Inmigración, pregunte por que y avise a su letrado de manera inmediata.
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