Carta De Invitaci?N Para Viajar A Espa?A Tr?Mites
Carta De InvitacióN Para Viajar A EspañA: TráMitesSi tienes algún amigo o bien familiar al que desees invitar a pasar unos días en tu casa, entre los trámite que va a precisar se halla la Carta de Invitación. Pero ¿qué es una carta de convidación, ¿dónde se consigue? o bien ¿quién la solicita?, pueden que sean algunas de las preguntas que te hagas. El día de hoy vamos a contestar todas y cada una estas preguntas en Carta de convidación para viajar a España: Trámites y requisitos.Carta de invitación para viajar a España: A quién va dirigidaCuando un extranjero desea viajar a España, tendrá distintas maneras de poderlo hacer. Si se trata de una persona perteneciente a la UE (a la que pertenece España), no tendrá ningún inconveniente pues no existen restricciones. Pero si se trata de terceros países, o sea, países de fuera delespacio Schengen, la manera de viajar a este país serápor medio de un visado.Los viajeros que visiten este país como turistas o en viaje de negocios habrán de estar enposesión del correspondiente visado, vendrán con hotel contratado y puede que hasta un paquete vacacional completo que incluya viajes por el territorio. No hay problema.Entonces, cuándo se solicita una invitación. La carta de convidación es unrequisito que se exige a toda persona perteneciente a un tercer país, es decir, procedente de un país extraño a la UE y además de esto va a alojarse en el domicilio particular de un ciudadano Español, ya sea con nacionalidad española o bien no. Por otra parte,el tiempo de esa persona que visita España con carta de invitación, no puede superar nunca, los 90 días.La carta de invitación, es un trámite que se va a deber pedir si queremos que familiares o amigos nos visiten, alojándose en nuestra casa.¿Es obligatoria?Con lo dicho, da la sensación de que cualquier persona fuera de la Unión Europea que desee viajar a nuestro país y no tenga hotel contratado necesitará de esta carta de convidación. Veamos qué dice la ley al respecto:Según establece el artículo doscientos cincuenta y uno de la Ley Orgánica 4/2000, de once de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (en lo sucesivo Ley de Extranjería), todo aquel extranjero que desee entrar en España «deberá presentar los documentos que se determinen reglamentariamente que justifiquen el objeto y condiciones de estancia».A este se le suma, el artículo 8.2.b) del R. D. 557/2011, de veinte de abril (asimismo Reglamento de Extranjería) señala que en el caso de cualquier viaje que se haga de carácter turístico o bien privado, se podrá solicitar a las personas extranjeras la presentación, alternativamente, de ciertos dos documentos:
- Reserva de hotel o de hostal o;
- Carta de convidación.
- Escritura pública de la propiedad o título de propiedad, gencat extranjeria cita previa caso de que la vivienda donde se va a alojar la persona visitante sea en propiedad.
- Contrato de alquiler
- Cualquier otro documento que pueda acreditar la propiedad o arrendamiento por parte del solicitante
- DNI o bien Pasaporte en vigor
- Tarjeta actualizada de Identidad de extranjero
- Titulo o bien Escritura de propiedad
- Contrato de arrendamiento
- Otros documentos que acrediten la disposición de la residencia.
- Nombre y apellidos
- Fecha de nacimiento
- Nacionalidad
- Lugar exacto de vivienda o bien domicilio
- Número de pasaporte del invitado
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