Encuentre Servicios Legales

Encuentre Servicios LegalesUSCIS proporciona recursos gratuitos para guiarlo a través del proceso de solicitud o bien petición. Puede visitar nuestra página de herramientas on-line para hallar respuestas y ayuda auxiliar, entre las que se incluyen:Usted mismo puede presentar sus formularios, aunque muchas personas optan por buscar ayuda. Alguien que no es un distribuidor autorizado de servicios de inmigración solo puede:
  • Leerle el formulario;
  • Traducir, así sea verbalmente o por escrito, la información desde su idioma nativo al inglés y de inglés a su idioma nativo; y
  • Escribir la información que le provee para completar el formulario.
Cualquier persona puede proveerle este género de ayuda limitada y cobrarle por ello. No obstante, debe cobrar sólo una pequeña cantidad y no aducir que tiene conocimientos singulares en inmigración y procedimientos legales.Si no está seguro qué beneficio de inmigración puede solicitar o bien cuáles son los formularios que debe presentar, entonces puede que usted necesite consejo legal sobre inmigración de una parte de un proveedor de servicios autorizado. Solo los distribuidores autorizados de servicios de inmigración pueden asistirle más allá de la preparación básica o la traducción de formularios.Los distribuidores autorizados de servicios de inmigración son:
  • Representantes acreditados por la Oficina de Programas de Acceso Legal (OLAP, por sus iniciales en inglés) del Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés) y que trabajan para organizaciones reconocidas por DOJ; y
  • Abogados de buena reputación que no estén sujetos a ninguna orden que limite su capacidad para ejercer la abogacía. 
  • Los distribuidores autorizados de servicios de inmigración pueden: Darle consejo acerca de qué documentos presentar;
  • Explicarle las opciones de inmigración que usted puede tener; y
  • Comunicarse con USCIS acerca de su caso.
Un abogado o bien representante acreditado por DOJ puede representarlo ante USCIS.  Su representante legal debe presentar el . USCIS enviará información acerca de su caso a su representante legal, si lo tiene.Un representante acreditado por DOJ que trabaja para una organización también reconocida por DOJ puede representarlo ante USCIS. Ciertos representantes acreditados también pueden representarlo frente a la . Los representantes acreditados por DOJ no son abogados, mas pueden darle consejo legal sobre inmigración.Un representante acreditado debe trabajar para una organización sin fines de lucro, religiosa, de caridad, servicios sociales o afín acreditada por DOJ en Estados Unidos. Una organización reconocida debe brindar servicio, eminentemente, a clientes del servicio que escasos recursos o indigentes y proporcionar su política de exención de tarifas para aquellos que no pueden abonar.Si usted decide utilizar los servicios de un representante acreditado por DOJ que trabaje con una organización también acreditada por DOJ, usted debe:
  • Verificar el sitio de DOJ para conseguir la .
  • Las organizaciones están obligadas a poner en sus oficinas algunas notificaciones al público relacionadas con su reconocimiento y acreditación, conforme requerido por OLAP. La notificación debe incluir: nombres y periodos de valía del reconocimiento y acreditación, y de qué forma quejarse formalmente sobre una organización reconocida o representante acreditado. Esta información debe estar perceptible al público.
  • La aprobación de los representantes acreditados se otorga por 3 años. Asegúrese de que la orden esté actual y que la persona todavía es seleccionable para actuar como representante ante USCIS. El representante acreditado no debe tener ningún inconveniente proveyéndole esta información.
  • Verifique la Los representantes acreditados que están en esta lista y que tienen un «No» en la última columna a la derecha, no son elegibles para darle consejo legal. Usted debe preguntarle al representante acreditado si ha sido reinstalado en la práctica y solicitarle ser una imitación de la orden de reinstalación expedida por EOIR.
Para poder representarlo a ante USCIS, un abogado debe:
  • Ser elegible para ejercer la abogacía en, y ser miembro acreditado del colegio de abogados del tribunal más alto de cualquier estado, posesión, territorio, mancomunidad o el Distrito de Columbia.
  • No estar bajo ninguna orden de ningún tribunal que lo haya suspendido, sancionado, limitado, expulsado, o bien lo descalifique de alguna otra forma para ejercer la abogacía.
Los abogados no precisan tener una licencia en el estado donde viven o practican para representarlo ante USCIS. Siempre que cumplan con los requisitos para ejercer la abogacía y estén en cumplimiento en todas las jurisdicciones donde tengan licencia, cita previa extranjeria autorizacion de regreso pueden representarlo ante USCIS.La EOIR  da una  (en inglés) en su estado que brindan servicios de inmigración ya sea de manera gratuita o bien por un costo mínimo. También da  (en inglés). La American Bar Association asimismo brinda información sobre cómo  (en inglés) en su estado.Al elegir un abogado, debe:
  • Asegurarse de que el letrado sea elegible para ejercer y sea un miembro acreditado del colegio de la corte más alta de cualquier estado, posesión, territorio o mancomunidad de EE.UU. o bien el Distrito de Columbia.
  • Asegurarse de que el abogado no esté bajo ninguna orden judicial que limite su práctica de la abogacía.
  • pedir cita extranjería palma de mallorca ver el documento de licencia actual del letrado y verificar por medio de la agencia estatal responsable de regular a los abogados que o bien ella es seleccionable para ejercer.
  • Verificar la . Acá es donde la EOIR  cuenta a las personas que han sido expulsadas, inhabilitadas o suspendidas de ejercer la abogacía ante USCIS. Los abogados que están en la lista y que tienen un «No» en la última columna a la derecha no son elegibles para brindarle asesoramiento legal. Solicite ver una imitación de la orden de restitución de la EOIR.
ADVERTENCIA: Los «notarios», cita previa tramites oficina de extranjeria y policia notarios públicos, consultores y empresas de inmigración no pueden brindarle asesoramiento legal sobre inmigración salvo que sean proveedores de servicios autorizados. En otros muchos países, la palabra «notario» quiere decir que la persona es un abogado poderoso, mas eso no es cierto en EE.UU. Si precisa ayuda con temas de inmigración, tenga mucho cuidado ya antes de abonar dinero a cualquiera que no sea abogado ni representante acreditado por pedir cita extranjería palma de mallorca la EOIR que trabaje en una organización reconocida por la EOIR.Un abogado admitido y con licencia para practicar la abogacía fuera de Estados Unidos puede representarlo si su petición o bien petición es presentada en una oficina de USCIS fuera de EE.UU., y si el funcionario del DHS ante quien desea comparecer permite la representación. Este letrado debe:Cita Previa Renovacion Nie Barcelona - Cita Previa Extranjer\u00eda
  • Haber sido admitido y tener licencia para practicar la abogacía y estar en cumplimiento en un tribunal de jurisdicción general en el país en el que reside; y
  • Actualmente ejercer la abogacía como profesión.
Además, este letrado debe presentar un  (libre en inglés). Tenga presente que este abogado solo puede representarlo si su caso se procesa fuera de EE.UU. Si su caso se transfiere a una oficina de USCIS en USA, USCIS se comunicará con de manera directa.Sí. Según explicamos previamente, alguien que no es in  puede proporcionarle ayuda limitada, como leer un formulario o traducir y anotar la información que usted dé.Además, en términos generales, puede traer a un familiar, vecino, miembro del clero, socio comercial o amigo personal a fin de que lo ayude en una entrevista o bien otra comparecencia en una oficina de USCIS. Esta persona es conocida como una «persona de buena reputación».Las personas de buena reputación no presentan el Formulario G-veintiocho. En cambio, para poder ayudarlo, las personas de buena reputación deben enviar una declaración al oficial de USCIS / DHS ante quien desean comparecer, en la que declaren que:
  • Usted personalmente solicitó la ayuda de la persona;
  • No le ha pagado a la persona una tarifa por ayudarlo;
  • La persona tiene una relación preexistente con (familiar, vecino, miembro del clero, socio comercial o bien amigo personal); y
  • La persona no participa de manera regular en la práctica o preparación de temas de inmigración y no se presenta frente al público como una persona calificada para dedicarse a la práctica o bien preparación de temas de inmigración.
Tenga en cuenta que USCIS puede decidir no dejar que una persona respetable que lo ayude.Una persona que viene con solo para asistir con la traducción de idiomas no precisa mandar una declaración.A veces, los abogados y los representantes acreditados pueden ser asistidos por estudiantes o bien graduados en derecho. Usted jamás debe trabajar solo con un estudiante de derecho o bien diplomado en derecho, sino solo mediante un abogado o bien representante acreditado.

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