Bienvenidos A La Web De Ilustre Colegio De Abogados De Ciudad Real
Bienvenidos A La Web De Ilustre Instituto De Abogados De Ciudad RealTurno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita
La Abogacía, de forma tradicional, siempre y en toda circunstancia se ha ocupado del Turno de Oficio, y independientemente de la ínfima cuantía de las indemnizaciones que por su prestación consiguen hoy día los Abogados, siempre y en todo momento se ha sentido orgullosa de ello puesto que el Turno de Oficio expresa la actividad más noble, básica y comprometida de la Abogacía: la Justicia Gratis.Es esencial destacar que el Turno de Oficio supone la participación activa por parte de los Institutos de Abogados en la Administración de Justicia y, además, en un aspecto crucial de exactamente la misma como es el acceso a la Justicia de quienes carecen de recursos económicos. Por esta razón la Ley 1/96, de Asistencia Jurídica Gratuita, con la intención de hacer efectivo lo previsto en el art. 119 de la Constitución Española, atribuyó a los Colegios de Abogados las competencias precisas para ello.En el Instituto de Abogados de Ciudad Real se prestan los siguientes turnos de oficio:
La Asistencia Jurídica Gratuita es un conjunto de posibilidades establecidas por Ley que se conceden a aquellos que carecen de suficientes recursos económicos y tienen que iniciar un procedimiento judicial o bien oponerse en uno ya iniciado previamente.Ese conjunto de prestaciones cubren aquellos gastos que se generan en un procedimiento judicial: honorarios de abogado y procurador, peritaciones, depósitos en caso de recursos, etc.Con carácter general, se entiende que tienen insuficiencia económica a estos efectos aquéllos ciudadanos nacionales o bien extranjeros con residencia legal en España que acrediten que sus recursos e ingresos económicos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, no superan el doble del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de realizar la petición.Además, asimismo tienen derecho a la justicia gratis los trabajadores y beneficiarios del sistema de Seguridad Social en relación con los procedimientos de jurisdicción social, y los extranjeros sin vivienda legal en España que acrediten insuficiencia de recursos en procedimientos penales o bien relativos a la petición de asilo, así como en los procedimientos administrativos y judiciales que puedan llevar a la denegación de su entrada, devolución o bien expulsión del territorio español.¿De qué manera pedirla?
La tramitación de la Justicia Gratuita se inicia a través de la presentación de la petición, cuyo modelo puede descargarse desde esta página, en el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados del lugar en que se encuentre el Juzgado o bien Tribunal que deba conocer del proceso para el que se pide el derecho, o bien ante el Juzgado del domicilio del solicitante si el proceso no se hubiera iniciado.La solicitud de asistencia jurídica gratuita ha de ir acompañada de fotocopia del DNI o bien pasaporte, o bien tarjeta de residencia en el caso de extranjeros, y de aquellos documentos acreditativos de los ingresos y recursos económicos que se especifican en el modelo de petición.Una vez presentada la petición y la documentación oportuna, el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados examina si exactamente la misma es suficiente y, si lo es, da traslado de la solicitud a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratis (órgano con sede en la Subdelegación del Gobierno) y designa temporalmente un abogado. Si fuera preceptiva la intervención de Procurador, lo comunicará de este modo al Colegio de Procuradores para que proceda a designar uno.La Comisión de Asistencia Jurídica Gratis, a la vista de la petición y de la documentación presentadas, resolverá finalmente reconociendo o no el derecho a la asistencia justicia gratis, confirmando entonces o no los nombramientos provisionales de abogado y procurador.¿Qué es el Turno de Oficio?
Es el sistema por el que el Instituto de Abogados organiza la designación de letrado a quién lo pida o bien se niegue a nombrarlo, cuando sea preceptiva su intervención en un procedimiento. Dicha solicitud habrá de ser realizada por el interesado ante el Servicio de Orientación Jurídica del Instituto conforme se ha explicado previamente, o por el órgano jurisdiccional competente.Este sistema se compone de diferentes turnos dependiendo de la materia de que se trate y se organiza por partidos judiciales.Más información para la formulación de solicitudes de asistencia jurídica gratuita en la página web:

- PENAL
- SERVICIO DE GUARDIA DE veinticuatro H PARA LA ASISTENCIA A DETENIDOS Y REALIZACIÓN DE JUICIOS RÁPIDOS.
- SERVICIO DE GUARDIA DE veinticuatro H. PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA.
- CIVIL
- LABORAL
- MENORES
- CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
- CONTENCIOSO ADMINITRATIVO DE cita previa extranjeria ceuta
- VIGILANCIA PENITENCIARIA
La Asistencia Jurídica Gratuita es un conjunto de posibilidades establecidas por Ley que se conceden a aquellos que carecen de suficientes recursos económicos y tienen que iniciar un procedimiento judicial o bien oponerse en uno ya iniciado previamente.Ese conjunto de prestaciones cubren aquellos gastos que se generan en un procedimiento judicial: honorarios de abogado y procurador, peritaciones, depósitos en caso de recursos, etc.Con carácter general, se entiende que tienen insuficiencia económica a estos efectos aquéllos ciudadanos nacionales o bien extranjeros con residencia legal en España que acrediten que sus recursos e ingresos económicos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, no superan el doble del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de realizar la petición.Además, asimismo tienen derecho a la justicia gratis los trabajadores y beneficiarios del sistema de Seguridad Social en relación con los procedimientos de jurisdicción social, y los extranjeros sin vivienda legal en España que acrediten insuficiencia de recursos en procedimientos penales o bien relativos a la petición de asilo, así como en los procedimientos administrativos y judiciales que puedan llevar a la denegación de su entrada, devolución o bien expulsión del territorio español.¿De qué manera pedirla?
La tramitación de la Justicia Gratuita se inicia a través de la presentación de la petición, cuyo modelo puede descargarse desde esta página, en el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados del lugar en que se encuentre el Juzgado o bien Tribunal que deba conocer del proceso para el que se pide el derecho, o bien ante el Juzgado del domicilio del solicitante si el proceso no se hubiera iniciado.La solicitud de asistencia jurídica gratuita ha de ir acompañada de fotocopia del DNI o bien pasaporte, o bien tarjeta de residencia en el caso de extranjeros, y de aquellos documentos acreditativos de los ingresos y recursos económicos que se especifican en el modelo de petición.Una vez presentada la petición y la documentación oportuna, el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados examina si exactamente la misma es suficiente y, si lo es, da traslado de la solicitud a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratis (órgano con sede en la Subdelegación del Gobierno) y designa temporalmente un abogado. Si fuera preceptiva la intervención de Procurador, lo comunicará de este modo al Colegio de Procuradores para que proceda a designar uno.La Comisión de Asistencia Jurídica Gratis, a la vista de la petición y de la documentación presentadas, resolverá finalmente reconociendo o no el derecho a la asistencia justicia gratis, confirmando entonces o no los nombramientos provisionales de abogado y procurador.¿Qué es el Turno de Oficio?
Es el sistema por el que el Instituto de Abogados organiza la designación de letrado a quién lo pida o bien se niegue a nombrarlo, cuando sea preceptiva su intervención en un procedimiento. Dicha solicitud habrá de ser realizada por el interesado ante el Servicio de Orientación Jurídica del Instituto conforme se ha explicado previamente, o por el órgano jurisdiccional competente.Este sistema se compone de diferentes turnos dependiendo de la materia de que se trate y se organiza por partidos judiciales.Más información para la formulación de solicitudes de asistencia jurídica gratuita en la página web:
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