Los Riesgos Que Implica Una Carta De Invitaci?N

Los Riesgos Que Implica Una Carta De InvitacióNEn este artículo trataremos los riesgos que implica hacer una carta de convidación ¿en qué me responsabilizo? ¿a qué me comprometo?Pues bien, hay que tener en cuenta lo siguiente: duplicado nie comunitario cita previa cuando una persona dispone de una residencia suficiente, sea en alquiler es decir en propiedad, tiene la capacidad de ir a la comisaría de policía para hacer cartas de convidación con el objetivo de que vengan personas a visitarles. Pueden ser amigos, familiares, etc.La comisaría de policía en el momento de enviar la carta de convidación sólo va a verificar que la persona se encuentra empadronada y que disponga de residencia. No le va a pedir que cumpla requisitos de nóminas, ni de solvencia, ni le preguntará prácticamente nada con relación a su invitado. Ahora bien, ya antes de enviar la carta de convidación, y esto lo hay que tener en cuenta, hacer cita previa extranjería el invitante tendrá que firmar en los archivos de la policía un compromiso muy serio que se hace nada más y nada menos que frente a la policía nacional de que su convidado se va a devolver a su país de origen en el plazo máximo de noventa días.Entonces la pregunta es ¿qué ocurre si mi invitado se queda? ¿qué podría pasar si además de esto soy consciente desde el principio de que esta persona lo que viene es a quedarse? Puesto que ahí va a haber que examinar ciertamente qué es lo que puede hacer la policía cuando una persona ha infringido y ha roto su compromiso de devolver a su invitado. La policía, cuando detecta una infracción a la ley de extranjería, y esto lo es, debe sancionar al infractor. De cara al convidado, puede ser en forma de multa o con un procedimiento de expulsión. Mas ,ojo, de cara al invitante asimismo puede abrir un procedimiento administrativo para la imposición cuando menos de una multa de quinientos uno euros y de ahí para arriba dependiendo de qué alegaciones y qué motivaciones brinde el invitante para justificar la infracción frente a la policía.Así que hay que llamar la atención a quienes se ven en la necesidad de hacer cartas de convidación por el hecho de que el hecho de que una persona invitada se nos quede puede acarrear inconvenientes de antecedentes penales, policiales y multa. En general no es un delito tratándose de familiares, pero no resulta necesario ponernos en esa situación de peligro ante la policía. Es importante no tener un borrón frente a las autoridades cuando, además, existen otras opciones como la reagrupación que pueden hacer este trámite considerablemente más fácil y absolutamente legal.Un ejemplo, si queremos traernos a nuestra pareja con la que vamos a casarnos. En ningún caso la carta de convidación es la mejor opción pues no está concebida para eso. La carta de convidación está concebida para personas que vienen de paso, de visita. Para aquellas personas que vienen a quedarse hay muchas otras vías que establece la propia ley de extranjería, de forma especial las de familia extensa, con las que podemos ayudar y apoyar que vengan personas aquí con una pretensión real de quedarse a sabiendas de que tienen un derecho como tal a quedarse de alguna manera regular. No a quedarse irregular poniéndose en riesgo a ellos mismos y a quienes han hecho la carta de invitación.Una vez la policía advierte esto, empieza un proceso administrativo que suele finalizar en una multa. El procedimiento arranca con la entrega al infractor de una carta de inicio de procedimiento sancionador duplicado nie comunitario cita previa donde le dan 15 días para presentar alegaciones, en ese momento el infractor debe contratar un abogado, presentar alegaciones explicando cuáles han sido los motivos por los cuales se quedó su convidado, cuáles son las justificaciones del caso y después, por último, cita previa extranjeria informacion la policía le pasa ese reporte a extranjería y es la Delegación del Gobierno en la capital española la que va a imponer y a cuantificar cuál va a ser la multa con las que les van a sancionar.A partir de ese momento ya nos llega una notificación en la que se nos afirma que hay un decreto sancionador, o sea, una resolución que impone la multa y ahí surge también la posibilidad de presentar recursos.Entonces, no solo hay que tener mucho cuidado de hacer la carta de convidación única y únicamente en los casos en que los que tengamos la certeza de que nuestro convidado no se va a quedar defraudándonos a nosotros y metiéndonos en un lío sino además saber que, caso de que ya haya sucedido, cabe la posibilidad siempre y en todo momento de asesorarse, contratar un abogado, de presentar unas alegaciones, de intentar justificar de manera que en el momento de que nos vayan a imponer esa multa, sea la mínima posible y que no llegue esto a ser nunca un tema de campo penal.Para todo ello es muy importante asesorarse y decirle que para ello en Gómez Navas Abogados tenemos un equipo de profesionales del derecho especializados en este género de casos.

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