Abogados De Extranjer?a En Sevilla Denuncian Expulsiones Expr?s De Inmigrantes A Su Salida De Prisi?n
Abogados De Extranjería En Sevilla Denuncian «expulsiones Exprés» De Inmigrantes A Su Salida De PrisiónLe expulsaron de España a mediodía del pasado 4 de noviembre. Le montaron en un navío y le dejaron, sin pasaporte, en la frontera de Ceuta. Después de cumplir 2 condenas completas y pasar diez años en la cárcel, este viejo vecino de Lora de Estepa (Sevilla), pedir cita para reagrupacion familiar de treinta y cinco años, ha sido devuelto a su país de origen, Marruecos, y no podrá poder volver en diez años a zona Schengen. Es «el pan de día tras día» de los abogados del turno de oficio de extranjería en Sevilla, que denuncian la imposiblidad de acogerse a otros supuestos que prevé la ley y que pueda dar alguna posibilidad de reinserción como prevé, sin ir más lejos, la Constitución De España.
España acepta que vulneró los derechos humanos de una inmigrante al ordenar su expulsión
A esta personas específicamente, como a tantos otros, se le aplicó el artículo 57.2 de la por haber sido sancionado con pena privativa de libertad superior a un año. «Ha cumplido sobradamente con la justicia y hasta las últimas consecuencias ¿es que siempre va a estar condenado?», se pregunta su 'padre de acogida', Enrique Priego, vecino de Pedrera. «Cada vez podemos hacer menos, pues están delimitando y acotando; cuando no es la ley, son los propios tribunales, y cada vez nos dejan menos margen de actuación, normalmente es muy rápido; él ha cumplido su condena y si sale de cárcel es por el hecho de que está rehabilitado», explica la letrada que le fue asignada de oficio, Mercedes Portillo.La resolución de expulsión, a la que ha tenido acceso este periódico, apenas menciona la inaplicación de las salvedades del artículo quinientos setenta y cinco de la citada ley, que la letrada entiende aplicable a este caso, ni las circunstancias personales del extranjero, que en un caso así es ser padre de hija española. El precepto al que alude su letrada dispone que «la sanción de expulsión no podrá ser impuesta» salvo que la infracción cometida sea la prevista en el artículo 54.1a, esto es, «participar en actividades contrarias a la seguridad nacional». La resolución apunta que «los hechos declarados probados en las sentencias condenatorias revelan (...) una amenaza real y suficientemente grave para el orden público».
"¿Qué peligro para la seguridad nacional tiene este hombre? Existe jurisprudencia suficiente a fin de que no se aplique ese artículo quinientos setenta y dos a un preso común", lamenta. La letrada apunta que ninguno de los delitos con lo que este marroquí ha cumplido las condenas presentan un riesgo de orden público y se pregunta por qué a los españoles no se les aplica medidas tras el cumplimiento de una condena penal. La resolución arguye que «no acredita actividad laboral desde octubre de dos mil cinco» (cuando entró en la prisión) y que «no acredita singulares vínculos económicos con nuestro país», si bien no mienta que este hombre tiene una hija nacida en España.
Como hemos dicho, el caso de este marroquí (A.E.S.) no es aislado, en tanto que mencionan a estas situaciones y similares otros compañeros del Servicio de Asistencia y Orientación Jurídica al Inmigrante (SAOJI) de Sevilla. «Por desgracia es el pan nuestro de día a día para los abogados del turno de oficio de extranjería», cuenta la letrada, que lamenta que estas personas son «un par de veces condenados por lo mismo». Si las medidas privativas de libertad están orientadas a la reinserción social, como afirma la Constitución, no parece que ese objetivo se cumpla en un caso así y en otros con penas menos graves. «Este hombre ha cumplido con creces su delito», insiste.
Si no ratifica la demanda, se archivaPara Gonzalo Álvarez-Ossorio, organizador del SAOJI de Sevilla, «esto viene siendo algo habitual desde hace un par de años, antes no pasaba tanto» y las órdenes de expulsión sobre extranjeros condenados que salen de la cárcel son más usuales ahora. En otros lugares depende también del conjunto policial que toque, incluso del juzgado, solicitar cita previa renovacion nie llegado el momento. «Muy frecuentemente es un procedimiento exprés», señala. La letrada Mercedes Portillo comenta que «nuestro Código Penal está dirigido cara la reinserción social del criminal y, por desgracia, no se está viendo así, sino como una ley sancionadora».
En ese sentido apunta en su demanda contra la resolución de expulsión dictada por la Subdelegación del Gobierno en Sevilla que ninguno de los hechos por los que fue condenado «consisten en participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o bien que pueden perjudicar las relaciones de España con otros países, o estar implicados en actividades contrarias al orden público previstas como muy graves en la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, tal y como establece el citado artículo 54.1a de la citada Ley de Extranjería. „A todos y cada uno de los extranjeros condenados les abren expedientes de expulsión, luego ya vamos a ver“, sentencia.
La letrada explica otra circunstancia y es que „las demandas por la vía contenciosa se están señalando para en dos años. Si llega a tramitarse pronto, tarda 15 días la primera providencia. Si lo expulsan, como es el caso, se impide que les representemos como abogados del turno de oficio pues nos obligan a que el extranjero ratifique ante los tribunales el apoderamiento a favor nuestro. Si no está él, no puede aprobar el nombramiento y, como no ratifique, la demanda se archiva directamente. Es una grave indefensión“.
José Luis Guerrero, otro abogado del turno de oficio de Sevilla, señala también que en esté campo de extranjería „todos son tratados como criminales, no como supuestos“ y que „hay casos terribles todos y cada uno de los días“, con „atropellos a los derechos esenciales“. En relación con una reciente cliente extranjera cuenta la historia de que su esposo, que vivía cerca de Donetsk (Ucrania), intentó reagruparlo aquí en Sevilla cuando empezaron los inconvenientes en aquel país. „Se les negó la reagrupación por un par de veces y el hombre tuvo que venir de forma irregular y solicitar cita previa renovacion nie asilo para conocer a su hijo, ya después de haber nacido“. Y presagia, en esa línea, que „van a procurar compensar el cupo de asilados que está ahora por venir con el máximo número de expulsiones“.
Una emigración de tantasPero la historia de A.E.S. se comienza a contar desde el comienzo. Con 13 años decidió desamparar su país y se embarcó en la aventura europea. Oculto en la rueda de un camión, apareció en la sierra de Ronda (Málaga) y fue llevado al centro de acogida urgente de menores desprotegidos Talita-Kum, de Sevilla, cerrado posteriormente en 1999. Trasladado a Pedrera, aquel joven fue uno de tantos que trabajó en la construcción y empezó a formar una familia lejos de sus orígenes.
Su familia de primera acogida, al igual que su abogada, han tratado en los últimos días de evitar que fuera expulsado. Había cumplido íntegramente sendas sentencias en 3 cárceles andaluzas (Huelva, Sevilla y Morón de la Frontera) por intento de asesinato sobre su cuñado y violencia sexista sobre su expareja, de nacionalidad española, con quien tiene una hija en común, de ahora catorce años.
El 4 de noviembre cumplía una condena (de nueve años y siete en meses en suma). Un mes antes, el Ministerio del Interior le comunicó que en cuanto obtuviera la libertad, debería salir de España. Desde ese momento, dos intentos de suicidio. „En Marruecos no le espera absolutamente nadie, no tiene raíces familiares, acá tiene su casa. Siempre le han rechazado los permisos para salir temporalmente de la prisión“, dice Enrique Priego, su padre de acogida. Al tener antecedentes penales, no le renuevan el permiso de residencia, comentan también desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, desde donde apuntaron que quizá la única vía de lucha para que pudiese quedarse sería el hecho de tener una hija de España.
Enrique Priego también mostró su extrañeza por el hecho de que no consta en los registros de entrada su reciente paso por el Hospital Virgen del Rocío para que le curasen de los cortes que se hizo a sí mismo en cuello y muñecas al saber su irresoluble destino, así como que ya no le dejaran visitarle en la cárcel Morón hace unas semanas. „Le hemos visitado cada vez que hemos podido mas el último día no me dejaron pasar“, lamenta. Su expareja ha tratado de quitarle la patria potestad y su hija no ha tenido contacto con él en todo este tiempo de privación de libertad al no disponer de autorización para ello, explica su 'padre de acogida'.
Las últimas horas las pasó en el Departamento de Extranjería de la Comisaría de la Policía Nacional en Blas Infante, en la capital hispalense, esperando desde los calabozos una orden procedente de la capital de España para trasladarlo a Algeciras o a Ceuta. „Estaba nerviosísimo“, comenta Enrique Priego, mientras que esperaba a que se resolviera su recurso contra la orden de expulsión que se le había impuesto, mas la medida cautelarísima no llegó. Ahora han contactado con él en Tanger.
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