Regularizar La Situaci?n En Espa?a Sin Regresar Al Pa?s De Origen
Regularizar La Situación En España Sin Retornar Al País De OrigenTe explicamos los casos en que como extranjero puedes regular tu situación en España sin regresar a tu país, esto es, de qué forma tramitar desde España un permiso de residencia y evitar estar en la situación de «inmigrantes sin papeles».En un exponíamos cómo no es posible tramitar en España un permiso de vivienda y trabajo aún contando con una oferta de empleo, sino que es necesario que el visado se solicite en el país de origen. No obstante, hay otros supuestos en los que esta posibilidad sí existe, esto es, que estando en España sea factible pedir el permiso de vivienda, evitando formar parte de los «inmigrantes sin papeles».
1- Arraigo social.Para ello es necesario probar fundamentalmente una permanencia continuada en España de al menos tres años, contar con una oferta de trabajo, y tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes (o bien presentar un informe de arraigo que acredite tu integración social). Puedes conocer en detalle todos los pormenores del arraigo social haciendo click. Este es el caso más usual de regularización de «inmigrantes sin papeles».2- Arraigo familiar.Puedes conseguirlo básicamente si eres padre o madre de un menor de edad de nacionalidad española, o si eres hijo de padre o bien madre que hubiese sido originariamente de España. Te explicamos todo sobre el arraigo familiar en .3- Arraigo laboral. Inmigrantes sin papeles.Se requiere probar la permanencia continuada en España a lo largo de un periodo mínimo de un par de años, y la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a 6 meses. Para la comprobación de este último requisito, se deberá presentar una resolución judicial que reconozca la relación laboral o bien la resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite. Puedes ver más sobre arraigo laboral .
En estos 3 casos de arraigo, es requisito también el carecer de antecedentes penales tanto en España como en el país de origen.4- Matrimonio o constitución de pareja estable (de hecho) con ciudadano comunitario.Si cupido te flecha estando en España, y te casas con tu enamorado o bien enamorada, o formas una pareja en verdad (también llamada pareja estable) con un ciudadano de nacionalidad española o de algún país de la UE residente en España, puedes conseguir una tarjeta de cita previa residencia larga duracion de familiar comunitario, cumpliendo además otros requisitos que te explicamos en .
Ten en cuenta, no obstante, que los llamados «matrimonios de conveniencia» pueden constituir una falta grave a la legislación de extranjería, sujeta a una multa de entre quinientos uno y diez.000 euros.Esta opción puede favorecer también a tus hijos menores de 21 años y a tus progenitores.5- Protección Internacional (asilo).Si eres demandante de asilo o de la llamada protección subsidiaria, y te lo conceden, entonces te darán un permiso de vivienda y trabajo, evidentemente sin tener que retornar a tu país de origen. Puedes obtener mayor información sobre este supuesto en el enlace. A lo largo de la tramitación, conseguirás asimismo un permiso temporal, con lo que no se te consideraría a ti ni a tu familia como inmigrantes sin papeles.6- Estudiante. Evitar pasar a ser «inmigrantes sin papeles».Si tienes un visado de estancia por estudios en España, puedes obtener un permiso de trabajo y residencia si recibes una oferta de empleo, toda vez que hayas estado por lo menos 3 años como estudiante, y sujeto a otras condiciones. Asimismo puedes pedir un permiso de trabajo por cuenta propia si puedes presentar un proyecto empresarial adecuado. Te lo explicamos en detalle en el próximo .Más últimamente, puedes, si te hallas en situación regular y te quedan cuando menos treinta días de vigencia de tu autorización de estancia (si vienes como turista sin necesidad de visado, por ejemplo).8- Emprendedores, inversores, profesionales enormemente cualificadosDe pacto con la llamada ley de Emprendedores, en ciertos supuestos puedes optar a un permiso de trabajo estando en España y sin necesidad de regresar a tu país de origen. Te explicamos este caso en más detalle en un artículo que puedes ver en el siguiente.9- Razones humanitarias.El artículo 126 del Reglamento de la Ley 4/2000 (la llamada ley de extranjería) apunta múltiples casos en el supuesto de razones humanitarias, en los cuales los «inmigrantes sin papeles» pueden regularizar su situación en España, a saber:a- A las víctimas de delitos contra los derechos de los trabajadores; de los llamados delitos de odio (por cita para certificado de residencia motivos discriminatorios -racistas, xenófobos, homófobos, etc); o de delitos por conductas violentas ejercidas en el ambiente familiar (violencia doméstica), toda vez que haya recaído resolución judicial en la que se establezca la condición de víctima de tales delitos.b- A los extranjeros que acrediten padecer una enfermedad sobrevenida de carácter grave que requiera asistencia sanitaria especializada, no accesible en su país de origen, y que el hecho de ser interrumpida o bien de no recibirla suponga un grave peligro para la salud o bien la vida.No se requerirá que la enfermedad sea sobrevenida en el caso de necesidad de alargar la permanencia de un menor extranjero que se haya alejado provisionalmente a España a efectos de tratamiento médico.c- A los extranjeros que acrediten que su traslado al país del que son originarios o proceden, a efectos de solicitar el visado que corresponda, implica un riesgo para su seguridad o la de su familia, y que reúnen los demás requisitos para obtener una autorización temporal de residencia o bien de residencia y trabajo.
d- La ley de asilo también permite otorgar este permiso a personas a quienes se les ha negado la protección internacional. Tal es el caso de los 10- Colaboración con autoridades.Por último, el artículo 127 del citado reglamento establece que «se podrá entregar una autorización a las personas que cooperen con las autoridades administrativas, policiales, fiscales o judiciales en cuestiones extrañas a la lucha contra redes organizadas, o bien cuando concurran razones de interés público o bien seguridad nacional que justifiquen la necesidad de autorizar su vivienda en España.» Para que la autorización pueda gestionarse se precisa que dichas autoridades lo soliciten.
Ten en cuenta, no obstante, que los llamados «matrimonios de conveniencia» pueden constituir una falta grave a la legislación de extranjería, sujeta a una multa de entre quinientos uno y diez.000 euros.Esta opción puede favorecer también a tus hijos menores de 21 años y a tus progenitores.5- Protección Internacional (asilo).Si eres demandante de asilo o de la llamada protección subsidiaria, y te lo conceden, entonces te darán un permiso de vivienda y trabajo, evidentemente sin tener que retornar a tu país de origen. Puedes obtener mayor información sobre este supuesto en el enlace. A lo largo de la tramitación, conseguirás asimismo un permiso temporal, con lo que no se te consideraría a ti ni a tu familia como inmigrantes sin papeles.6- Estudiante. Evitar pasar a ser «inmigrantes sin papeles».Si tienes un visado de estancia por estudios en España, puedes obtener un permiso de trabajo y residencia si recibes una oferta de empleo, toda vez que hayas estado por lo menos 3 años como estudiante, y sujeto a otras condiciones. Asimismo puedes pedir un permiso de trabajo por cuenta propia si puedes presentar un proyecto empresarial adecuado. Te lo explicamos en detalle en el próximo .Más últimamente, puedes, si te hallas en situación regular y te quedan cuando menos treinta días de vigencia de tu autorización de estancia (si vienes como turista sin necesidad de visado, por ejemplo).8- Emprendedores, inversores, profesionales enormemente cualificadosDe pacto con la llamada ley de Emprendedores, en ciertos supuestos puedes optar a un permiso de trabajo estando en España y sin necesidad de regresar a tu país de origen. Te explicamos este caso en más detalle en un artículo que puedes ver en el siguiente.9- Razones humanitarias.El artículo 126 del Reglamento de la Ley 4/2000 (la llamada ley de extranjería) apunta múltiples casos en el supuesto de razones humanitarias, en los cuales los «inmigrantes sin papeles» pueden regularizar su situación en España, a saber:a- A las víctimas de delitos contra los derechos de los trabajadores; de los llamados delitos de odio (por cita para certificado de residencia motivos discriminatorios -racistas, xenófobos, homófobos, etc); o de delitos por conductas violentas ejercidas en el ambiente familiar (violencia doméstica), toda vez que haya recaído resolución judicial en la que se establezca la condición de víctima de tales delitos.b- A los extranjeros que acrediten padecer una enfermedad sobrevenida de carácter grave que requiera asistencia sanitaria especializada, no accesible en su país de origen, y que el hecho de ser interrumpida o bien de no recibirla suponga un grave peligro para la salud o bien la vida.No se requerirá que la enfermedad sea sobrevenida en el caso de necesidad de alargar la permanencia de un menor extranjero que se haya alejado provisionalmente a España a efectos de tratamiento médico.c- A los extranjeros que acrediten que su traslado al país del que son originarios o proceden, a efectos de solicitar el visado que corresponda, implica un riesgo para su seguridad o la de su familia, y que reúnen los demás requisitos para obtener una autorización temporal de residencia o bien de residencia y trabajo.
d- La ley de asilo también permite otorgar este permiso a personas a quienes se les ha negado la protección internacional. Tal es el caso de los 10- Colaboración con autoridades.Por último, el artículo 127 del citado reglamento establece que «se podrá entregar una autorización a las personas que cooperen con las autoridades administrativas, policiales, fiscales o judiciales en cuestiones extrañas a la lucha contra redes organizadas, o bien cuando concurran razones de interés público o bien seguridad nacional que justifiquen la necesidad de autorizar su vivienda en España.» Para que la autorización pueda gestionarse se precisa que dichas autoridades lo soliciten.
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