Tampa Inmigraci?n Abogado

Tampa Inmigración Abogado¿A o bien a un miembro de su familia le agradaría vivir, trabajar o bien ir a la escuela legalmente en los U.S.A.? ¿Tiene un familiar o amigo que encara un proceso de deportación? ¿Está usted o alguien que usted conoce tratando de ganar una tarjeta de residencia y algún día convertirse en un ciudadano de los U.S.A.?Los abogados de Lorenzo y Lorenzo están comprometidos a servirle en todas sus necesidades de inmigración, incluyendo mas no limitado a:
  • Naturalización y Ciudadanía
  • Green Card / Residencia Permanente
  • Deportación y Remoción de Defensa
  • Detención y Fianza
  • Asilo
  • Ajuste de Estatus
  • Visas
  • Permisos de Trabajo
  • Ciudadanía y Naturalización
La forma más común para transformarse en un ciudadano de USA es por medio de la naturalización. Usted puede ser elegible para percibir la ciudadanía de EE.UU. si:
  • Usted nació fuera de los E.U. mas tiene 5 años de vivienda permanente en los EE.UU. y por lo menos la mitad de dicho tiempo estuvo físicamente presente dentro de los EE.UU., sin periodos de ausencia de más de seis meses.
  • Usted ha sido un residente permanente por 3 años, quien en la actualidad está casado(a) con un ciudadano(a) de los EE.UU., y ha estado casado(a) con exactamente el mismo ciudadano(a) de los EE.UU. a lo largo de los últimos 3 años.
  • Usted ha servido en las Fuerzas Armadas de los EE.UU. por cita previa para renovar el nie un mínimo de tres años.
  • Usted estuvo en servicio activo en las Fuerzas Armadas de EE.UU. durante la Primera Guerra Mundial, la Segunda Guerra Mundial, Corea, Vietnam o bien el Golfo Pérsico.
  • Usted estuvo casado(a) con un ciudadano de EE.UU. que murió a lo largo de un período de servicio activo venerable en las Fuerzas Armadas EE.UU.
  • Usted sirvió en un buque operado por cita para la policia nie los EE.UU. y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos 5 años.
  • Usted es un empleado o una persona contratada por el Gobierno de los EE.UU. y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos cinco años.
  • Usted es una persona que ejerce funciones ministeriales o sacerdotales de una confesión religiosa o una organización interdenominacional con una presencia válida en los EE.UU., y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos 5 años.
  • Usted es un cónyuge de un ciudadano de los EE.UU. que es uno de los siguientes: un miembro de las Fuerzas Armadas de EE.UU., un empleado de un instituto estadounidense de investigación reconocido por el Procurador General, un empleado de una organización internacional pública de la que los E.U. es un miembro por ley o tratado, un empleado de una firma o bien empresa de propiedad estadounidense dedicada al desarrollo del comercio exterior o bien el comercio de los U.S.A., una persona que ejercita funciones ministeriales o sacerdotales de una confesión religiosa o una organización interdenominacional con una valía o bien presencia en los EE.UU., y ha sido un residente permanente de EE.UU. en los últimos cinco años.
Buena orientación en temas de inmigración«Muy buena atención de los abogados y el resto de los empleados. A cualquier hora que los precisas te responden y con la facilidad de hablar en español. Muy profesionales y me han brindado muy buena orientación en temas migratorios. Estoy realmente muy agradecida del equipo de trabajo de Lorenzo&Lorenzo P.A.»M. Diaz, Cliente verificadoDeportación y Procedimiento de RevocaciónSi usted o un ser querido encara un proceso de deportación o de separación, su vida podría mudar cita para la policia nie siempre. Usted podría perder la capacidad de permanecer con sus amigos y familia, mantener su empleo, y su vida con las libertades previstas en los Estados Unidos. En esta situación, usted necesita efectiva representación inmediatamente. Los abogados de Lorenzo y Lorenzo se esmeran para ofrecerle representación efectiva y personal contra dichos procedimientos de deportación. Llame hoy para una consulta gratis con uno de nuestros abogados.Por lo general, hay 4 categorías generales que sirven de base para el inicio de procedimientos de deportación:
  • Entrada al país sin la debida autorización, como una visa válida.
  • «Violaciones de estado» las cuales se generan cuando un inmigrante viola las condiciones de su admisión o trabaja ilegalmente en los Estados Unidos
  • Las personas con antecedentes penales o la pertenencia a ciertas organizaciones prohibidas
  • La solicitud de asilo ha sido denegada
Hay múltiples formas de ayuda disponibles cuando se encara un proceso de deportación: el asilo, la retención de expulsión, cancelación de la salida, ajuste de estatus, el aplazamiento de la revocación, renuncia bajo la sección doscientos doce ©, doscientos doce (h), doscientos doce (I), y otros. Cada una de estas formas tiene sus propios requisitos que deben cumplirse y los cuales se aplican rigurosamente. Usted también debe enseñar «elegibilidad discrecional», lo que quiere decir que usted cumple con los requisitos de la ayuda que se pide y asimismo que merece el tipo de alivio.Lo último sobre inmigración en nuestro blog(Nota: los artículos se presentan en Inglés)Supresi\u00f3n cita previa Larga Duraci\u00f3n y renovaciones ...

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