Qu? Se Necesita Para Viajar A Espa?A Desde Venezuela

¿Qué Se Necesita Para Viajar A EspañA Desde Venezuela?¿Qué necesito para viajar a España desde Venezuela?, ¿qué requisitos necesito cumplir para que no me denieguen la entrada?Como ya sabemos, cualquier extranjero que quiera entrar a España debe acreditar el cumplimiento de unos requisitos, los que deberán probarse de forma anterior, en el Consulado español del país de origen (si el extranjero fuese nacionalidad de uno de los países a los que se les exige, o bien, va a deber justificar el cumplimiento de exactamente los mismos en frontera, esto es, en el instante de entrar al país, si por el contrario, el extranjero fuera nacional de ciertos países a los que no se les exige visado para entrar.C\u00f3mo solicitar CITA PREVIA en EXTRANJER\u00cdAEn el caso de los ciudadanos venezolanos, no se les exige visa para viajar a nuestro país, pero, ¿cuáles son los requisitos que van a deber acreditar en frontera a fin de que no nos rechacen la entrada?¡Toma nota!1- Contar con un pasaporte válido o título de viaje. El documento debe ser válido hasta tres meses tras la fecha prevista de salida del territorio de los Estados Miembros y va a deber haber sido expedido dentro de los diez años anteriores.2- Contar con un billete de ida y de vuelta. Es importante saber que la estancia legal tolerada en España, cuando se viene en calidad de turista, es de noventa días, pasados los cuales, si el extranjero permanece en España, sin haber conseguido una prórroga o bien sin contar con una autorización de residencia, lo haría en situación irregular, lo cual supone una infracción de nuestra normativa de Extranjería .¡No queremos que esto ocurra! por lo que el funcionario que realice el control en frontera deseará comprobar la pretensión de retorno del visitante.3- Llevar consigo documentos que acrediten el objeto y condiciones del viaje. ¿qué podemos llevar?-Tratándose de un viaje turístico:*Documento justificativo del establecimiento de alojamiento (reservas de hotel) o bien de un particular, si se hospeda en su domicilio, expedida por la Comisaría de Policía pertinente a su sitio de residencia.(Es esencial saber que, en ningún caso, la carta de convidación reemplazará la acreditación por el extranjero de los demás requisitos demandados para la entrada).*Confirmación de la reserva de un viaje organizado, con el itinerario.*Circuito turístico: entradas en museos, guías turísticos y visitas contratadas, rutas de viajes organizadas…etc.– Cuando el viaje es de carácter profesional, cita por arraigo familiar político, científico, deportivo o religioso o bien por otros motivos, se va a poder demandar la presentación de alguno de estos documentos:*La invitación de una empresa o de una autoridad para participar en reuniones, convenciones, extranjeria cita online etcétera, de carácter comercial, industrial, etc.*Documento que acredite la existencia de relaciones comerciales, industriales, etc.*Tarjetas de acceso a ferias, congresos, convenciones, etc.*Invitaciones, tarjetas de entrada, reservas o programas con indicación, en la medida de lo posible, del nombre del organismo que invita y la duración de la estancia o bien cualquier otro documento que indique el propósito de la visita.La Guardia Civil pone en marcha un nuevo sistema de Cita ...-Cuando la finalidad es efectuar estudios o bien otro género de capacitación, se va a poder aportar:*Documento de matrícula de un centro de enseñanza para participar en cursos teóricos y prácticos de capacitación.*Certificados relativos a los cursos seguidos.4- Acreditar, por la parte del interesado, la predisposición de medios de tipo económico suficientes que garanticen el sustento y manutención del mismo durante el periodo de estancia en nuestro país.La cantidad va a deber lograr una cantidad que represente (en euros), el diez por ciento del SMI bárbaro (setenta con setenta y siete euros), o bien su equivalente legal en moneda extranjero multiplicada por le número de días que pretenda permanecer en España y por el número de personas que viajen a su cargo.  La cantidad debe ser de un mínimo que represente el noventa por cien del SMI bruto (seiscientos treinta y seis con noventa y tres euros) o su equivalente legal en moneda extranjera por persona, con independencia del tiempo de estancia previsto.Respecto a la manera de acreditar la predisposición de tales medios económicos, podrá hacerse en efectivo, a través de la presentación de talones certificados, talones de viaje, cartas de pago o bien tarjetas de crédito, en cuyo caso van a deber venir acompañados de un extracto de la cuenta corriente o bien libreta bancaria puesta al día. (Tenga presente que no se admiten cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de internet). En caso de no disponer de ninguno de estos medios de prueba,  va a poder emplearse cualquier que permita acreditar fidedignamente la cantidad libre en la tarjeta o bien cuenta bancaria en cuestión.(Muy importante saber que será el propio interesado, el extranjero que quiera viajar a España, quien deba acreditar la disposición de medios suficientes, todavía cuando viniese con carta de invitación)5- Contar con un seguro médico que garantice la asistencia sanitaria del extranjero a lo largo del periodo de estancia en España.Puede aportarse cualquier seguro médico que garantice la asistencia en el extranjero, o aun, los seguros que ofertan las propias aerolíneas al comprar los billetes.En cualquier caso, el seguro debe cubrir gastos de asistencia médica de emergencias, atención hospitalaria, repatriación…con una cobertura mínima de 30.000 euros.6- Excepcionalmente, presentación de los certificados médicos exigidos por el Ministerio del Interior, de acuerdo con los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Trabajo y también Inmigración, o en aplicación de la normativa de la Unión Europea. La exigencia de estos certificados va a ser difundida, dentro de lo posible, con suficiente antelación.¡Nahir, nos lo explica en el siguiente vídeo!Recordamos que estos requisitos debemos acreditarlos cuando el extranjero viene en calidad de turista. Si al contrario vienen con la intención de radicar, van a deber efectuar la entrada con un visado de vivienda, o bien residencia y trabajo, o bien visado de estudiante (según el caso), el cual deberá haber logrado previamente a través del Consulado español en Venezuela.Si el extranjero que viene a radicar es familiar de un ciudadano comunitario, el cumplimiento de los requisitos también se controlarán en frontera (sin necesidad de visado), mas la documentación a aportar será distinta. (Para más información ). Una vez en España, se solicitará la correspondienteen la Oficina de Extranjería que corresponda.Coste del servicio 1,21 €/min fijo, uno con cincuenta y siete €/min móvil. +18 años impuestos incluidos. Responsable del Servicio Vicente Marín – Letrado Colg 4954 ICAGR Avenida Fernando de los Ríos 11, Portal 5, Oficina 22. dieciocho mil cien Armilla – GranadaCita previa Extranjer\u00eda: C\u00f3mo solicitarla por internet ...

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