Carta De Invitaci?N A Favor De Un Extranjero
Carta De InvitacióN A Favor De Un ExtranjeroCarta de Convidación en favor de un extranjero.Para las personas que estén interesadas en ingresar en España por periodo de noventa días o menos, convidado por un español o bien Residente en España, puede ser exigida a ciudadanos de países que precisen o no visado para ingresar en España. Este documento no es requisito obligatorio, puede ser reemplazado por una reserva hotelera, que solo prueba el alojamiento. Con la motivación de un viaje de turismo o de negocio. Este documento NO garantiza la emisión del visado.RecomendaciónHacer empleo de la carta de convidación, aunque asimismo podría ser sustituida por la reserva de hotel.RequisitosEl interesado en recibir una carta de invitación en favor de un tercero extranjero tendrá que dirigir su petición a la Comisaría de Policía de su lugar de vivienda, que será la eficiente para su tramitación y expedición.Al momento de presentar la solicitud va a deber contener la siguiente información:Nombre, apellidos, lugar y data de nacimiento, nacionalidad, número del documento de identidad o pasaporte, cuando se trate de español, o bien pasaporte, tarjeta de identidad de extranjero o bien número de identidad de extranjero, cuando no ostente la nacionalidad española, y domicilio o sitio completo de vivienda.Cuál es el motivo de acoger a la persona invitada, bien en su domicilio principal, que va a ser el arriba indicado, bien en una segunda residencia, en tal caso, determinará el lugar específico.El invitante deberá presentar documentación acreditativa de la disponibilidad de la residencia (título de propiedad, contrato de alquiler u otros, de acuerdo con la legislación civil actual).¿Cuál es el vínculo que sostiene con el convidado?Nombre, apellidos, sitio y data de nacimiento, nacionalidad, lugar específico de su residencia o domicilio y número de pasaporte del convidado. Extraordinariamente, en los casos en los que la administración lo aconseje, la convidación podrá referirse a múltiples personas, debiendo indicarse en la solicitud los datos antes citados respecto de cada una de ellas, así como la disponibilidad de domicilio para todas y cada una.Período a lo largo del como está prevista la estancia del invitado, especificando, de forma aproximada, cita para nie valencia el primer y el último día de la misma.Antes de la firma, va a deber constar que el invitante declara que la información expuesta es verídica.En la petición, el invitante deberá hacer constar que está informado de que:
El Código Penal, tipifica como delito, el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o bien con destino a España. Castigando con la pena de cuatro a 8 años de prisión.Se considera infracción muy grave: «inducir, fomentar, favorecer o bien facilitar con ánimo de lucro, individualmente o bien formando una parte de una organización, la inmigración furtiva de personas en tránsito o con destino al territorio español o bien su permanencia en el mismo, toda vez que no constituya delito».Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, sacar cita para extranjeria tanto del convidado como del invitante, van a ser incorporados a un archivo de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación frente a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.ResoluciónUna vez resuelta la petición, la autoridad competente avisará al interesado la resolución adoptada que, en el de ser estimatoria, contendrá el aviso para recoger la Carta de Convidación.La notificación de la resolución conveniente de la solicitud de Carta de invitación surtirá efectos para que se proceda al abono de la tasa correspondiente. El abono de la tasa deberá efectuarse en el plazo de un mes desde la referida notificación, y el justificante de tal abono va a deber aportarse para recoger la Carta de convidación.La denegación, en su caso, de la solicitud de Carta de convidación deberá ser motivada y expresará los recursos que contra ella procedan, el órgano administrativo o bien judicial frente al que hubiera de presentarlos y el plazo para interponerlos.TramitaciónUna vez recibida la solicitud por la dependencia competente para su tramitación, esta comenzará su tramitación, nombrándose instructor del procedimiento, sacar cita para extranjeria de cara a solucionar en el sentido que proceda con relación a la misma con la mayor brevedad posible.Cuando por el instructor del procedimiento se juzgue pertinente, se va a poder emplazar al demandante para sostener una entrevista personal con el objeto de comprobar su identidad, la validez de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la petición. La incomparecencia, salvo fuerza mayor, en el plazo fijado, que no va a poder exceder de 15 días, producirá el efecto de estimar al solicitante desistido en el procedimiento.DenegaciónSerán motivos de denegación de la Carta de invitación:La no aportación o la falta de veracidad de los datos contenidos en la citada Carta.El incumplimiento de los requisitos previstos en el artículo doscientos ochenta y tres del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 2393/2004.Nota informativa:
El Código Penal, tipifica como delito, el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o bien con destino a España. Castigando con la pena de cuatro a 8 años de prisión.Se considera infracción muy grave: «inducir, fomentar, favorecer o bien facilitar con ánimo de lucro, individualmente o bien formando una parte de una organización, la inmigración furtiva de personas en tránsito o con destino al territorio español o bien su permanencia en el mismo, toda vez que no constituya delito».Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, sacar cita para extranjeria tanto del convidado como del invitante, van a ser incorporados a un archivo de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación frente a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.ResoluciónUna vez resuelta la petición, la autoridad competente avisará al interesado la resolución adoptada que, en el de ser estimatoria, contendrá el aviso para recoger la Carta de Convidación.La notificación de la resolución conveniente de la solicitud de Carta de invitación surtirá efectos para que se proceda al abono de la tasa correspondiente. El abono de la tasa deberá efectuarse en el plazo de un mes desde la referida notificación, y el justificante de tal abono va a deber aportarse para recoger la Carta de convidación.La denegación, en su caso, de la solicitud de Carta de convidación deberá ser motivada y expresará los recursos que contra ella procedan, el órgano administrativo o bien judicial frente al que hubiera de presentarlos y el plazo para interponerlos.TramitaciónUna vez recibida la solicitud por la dependencia competente para su tramitación, esta comenzará su tramitación, nombrándose instructor del procedimiento, sacar cita para extranjeria de cara a solucionar en el sentido que proceda con relación a la misma con la mayor brevedad posible.Cuando por el instructor del procedimiento se juzgue pertinente, se va a poder emplazar al demandante para sostener una entrevista personal con el objeto de comprobar su identidad, la validez de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la petición. La incomparecencia, salvo fuerza mayor, en el plazo fijado, que no va a poder exceder de 15 días, producirá el efecto de estimar al solicitante desistido en el procedimiento.DenegaciónSerán motivos de denegación de la Carta de invitación:La no aportación o la falta de veracidad de los datos contenidos en la citada Carta.El incumplimiento de los requisitos previstos en el artículo doscientos ochenta y tres del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 2393/2004.Nota informativa: - Es fundamental que al momento de presentar toda la documentación exigida, esta se halle al día y cumpla con las demandas hechas por el Órgano en el que se presentará dicha solicitud.
- Presentar documentación en copia y exhibir los originales para su comprobación.
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