
Gestores Administrativos: Habilitados Para Presentar Solicitud De Nacionalidad EspañolaEl Boletín Oficial del Estado termina de publicar la Resolución de 21 de agosto de dos mil diecinueve, de la Dirección General de los Registros y del Notariado.A través de ella, se publica el
Convenio entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España.
Dicho Convenio
le habilita a:- la presentación electrónica de solicitudes de nacionalidad de España por vivienda en representación de los interesados
- y de asistencia en la presentación de solicitudes en formato papel
Objeto y ámbitoEl presente Convenio tiene por
objeto establecer un marco general básico de cooperación que articule y favorezca las relaciones entre el Ministerio de Justicia –a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado– y el Consejo General. Su finalidad es el desarrollo de
actuaciones dirigidas a facilitar a los ciudadanos los servicios de información, asistencia y consulta, en la presentación de la documentación necesaria para la gestión de los expedientes de adquisición de la nacionalidad por residencia.En particular, y de acuerdo con lo dispuesto tanto en el artículo siete del citado Reglamento aprobado por el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, como en el artículo 1 de la Orden JUS/698/2016, de cuatro de mayo. Por la que se establecen los
requisitos y condiciones para la suscripción de Convenios de habilitación para la
presentación electrónica de peticiones de nacionalidad de España por cita información extranjeria residencia en
representación de los interesados. Por ende,
cita información extranjeria se suscribe el presente Convenio de habilitación para:
- la presentación electrónica de documentos en representación de los interesados,
- así como los procedimientos y requisitos para la remisión telemática de la documentación, adecuadamente indizada y metadatada.
Además, conforme a el artículo 5.b) de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, solicitar cita para huellas y el artículo treinta y ocho del Decreto 424/1963, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Profesión de Gestor Administrativo,
se facilita la función de asistencia a los propios interesados para la presentación de peticiones en formato papel.Régimen de la representaciónEl profesional deberá quedar habilitado por el demandante para representar e intervenir en su nombre, de este modo como para recibir documentos y comunicaciones de la Administración Pública dirigidos al mismo. El orden de representación quedará en poder del profesional, pudiendo ser requerido en cualquier momento por la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Asistencia en la presentación de peticiones en formato papelLos Institutos de Gestores Administrativos –como entidades de derecho público establecidas en Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales–
podrán prestar a los interesados que lo soliciten: un servicio de carácter gratuito consistente en la asistencia en la presentación de expedientes de nacionalidad por residencia que se aporten por los ciudadanos en formato papel.Dicho servicio va a consistir en la
digitalización del expediente presentado y su remisión a la sede electrónica del Consejo General de Gestores Administrativos (SEGA) que, a su vez, lo remitirá a la sede electrónica del Ministerio de Justicia en los términos que ésta determine.Cómputo de PlazosEn todo caso, el
cómputo de los plazos establecidos en el capítulo II del título II de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo, solo
tendrá sitio en el instante en que el expediente haya tenido entrada en la sede electrónica del Ministerio de Justicia. ¿Dónde se prestará la asistencia?El
Ministerio de Justicia y el Consejo de Gestores publicarán mediante sus sedes electrónicas la
ubicación detallada de los lugares donde se preste la asistencia.FinanciaciónEl presente Convenio
no genera obligaciones económicas entre las partes firmantes. Los gastos e inversiones que origine su cumplimiento por cuenta del Consejo General van a ser recogidos en la memoria justificativa del Convenio.Pueden ampliar
cita información extranjeria sobre la
nacionalidad española por residencia en el .Fuente:
Nacionalidad Española. Para toda España en cuanto a procesos por vía telemática. Recursos denegación de nacionalidad española.
Recurso Contencioso-administrativo para expedientes de nacionalidad española gestionados bajo el nuevo proceso. Tras haber transcurrido un año. Dispensa de pruebas de nacionalidad española.
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